Las asociaciones sin ánimo de lucro necesitan tener contratado un seguro de Responsabilidad Civil que las cubra en todas las actividades que desarrollan. Este seguro es obligatorio en España.
El seguro de R.C. (como popularmente se lo conoce) cubre los daños que se puedan producir a terceros durante el desarrollo de las actividades realizadas por la asociación. Los daños que se contemplan son tanto materiales como personales, como por ejemplo la rotura de un cristal en el lugar donde se está haciendo la actividad o la lesión de un participante, respectivamente.
Muchas veces surge la duda de si realmente es necesario este seguro contando ya con el seguro del lugar donde se realiza la actividad, como por ejemplo un teatro. Y la respuesta es sí: además del seguro que pueda tener el teatro, es necesario contar con el seguro de la asociación organizadora, ya que si se produce un siniestro causado por la asociación, será ésta la responsable y no el teatro, por lo tanto cada uno debe tener su seguro contratado.
Para más información sobre este seguro, ingresa en Asociaciones sin ánimo de lucro o contáctanos.







